La huelga de ferrocarrileros y la nacionalización de la empresa

Juan Campos

La huelga de ferrocarrileros y la nacionalización de la empresa

Por Juan Campos Vega

Poco se han estudiado, mucho menos valorado, las consecuencias que para el movimiento sindical mexicano, así como para la defensa de sus agremiados y de los intereses nacionales y populares, tuvieron las acciones y luchas realizadas por la Confederación de Trabajadores de México (CTM), en los primeros años de existencia de esa central sindical.

Huelgas como las de los sindicatos de ferrocarrileros, electricistas y petroleros, por citar solamente las tres más importantes, y la de los trabajadores agrícolas de las haciendas de La Laguna, marcaron en forma trascendente al movimiento sindical y campesino de México. De ellas se derivan importantes consecuencias jurídicas y prácticas que por haberse abandonado, han llevado al movimiento social y sindical del país a la situación deplorable en la que todavía se encuentra.

Huelga de ferrocarrileros

La huelga es el arma de lucha más importante para que los sindicatos consigan los objetivos que se proponen; en 1936, primer año de existencia de la CTM, las huelgas continuaron incrementándose, alcanzaron la cifra de 659.

Las huelgas pueden realizarse por motivos económicos y laborales, o sea, por demandas inmediatas; pero también pueden tener finalidades más importantes que no siempre se hacen evidentes cuando se inicia el movimiento reivindicatorio de los trabajadores.

Las principales huelgas realizadas por la CTM, en sus dos primeros años de existencia, tienen la peculiaridad de tener esa doble finalidad: conseguir que se eleven las condiciones laborales y de vida de sus afiliados, a la vez que se acompañan de movimientos novedosos en la vida sindical del país que les ayuda a obtener victorias que rebasan lo estrictamente económico, para conseguir resultados de carácter político que benefician al pueblo y a la nación.

A finales de abril de 1936, en la etapa preparatoria de la huelga de trabajadores ferrocarrileros, interviene Lombardo en un mitin para argumentar, en su carácter de secretario general de la CTM, acerca de seis temas: qué es el salario; cuáles sistemas de salario existen; cuál es el sistema de salario de la empresa ferrocarrilera; que implica el sistema de salario de la empresa desde el punto de vista económico, social y jurídico; cómo se puede solucionar el conflicto, y qué valor real tiene el pago del séptimo día, que la empresa no quiere asumir. Finaliza su intervención comprometiéndose ante los trabajadores ferrocarrileros, en nombre del comité nacional, afirmando que si “la empresa se niega a aceptar nuestros puntos de vista, ustedes ya han resuelto la conducta; nosotros, como soldados y como representantes, no tenemos más que cumplir [1]”.

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El 18 de mayo, estalla la huelga, y la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje la declara inexistente. Dos días después, el comité nacional de la CTM protesta ante ese atropello y denuncia, con base en el informe que le rinde el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, que la junta de conciliación redactó y mandó imprimir el laudo antes de que estallara la huelga, y no citó a las partes para escuchar sus puntos de vista y valorar las pruebas que éstas pudieran presentar.

Debido a esa violación flagrante de la ley, en su protesta, el comité nacional de la CTM, establece que con la misma sinceridad con la que “ha aplaudido y prestado su apoyo a todos los actos del poder público que tiendan a beneficiar al proletariado y a libertar a la nación de los enemigos de su autonomía, censura hoy el primer grave atropello que el gobierno comete en contra de los derechos sociales de la clase trabajadora [2]”.

El primer consejo nacional de la CTM, efectuado en los primeros días de junio, escucha el informe de Juan Gutiérrez, secretario de trabajo y conflictos  de la confederación, y secretario general del sindicato de ferrocarrileros, relativo a la huelga llevada a cabo contra la empresa Ferrocarriles Nacionales de México; expone ante el consejo nacional el origen y las causas del movimiento, las condiciones de los trabajadores por el pago del séptimo día —la empresa sólo paga veintiséis de los treinta días de trabajo—; agradece en nombre del sindicato la ayuda que la confederación le presta, y demanda que cualquier decisión que se tome contra el injusto laudo que ignora las demandas de los trabajadores [3], no solamente se realice pensando en los trabajadores ferrocarrileros, sino en todo el movimiento obrero de México [4].

La decisión del consejo nacional se sintetiza en cuatro acuerdos, que incluyen realizar el día 18 de junio un paro nacional de una hora —media hora durante la mañana y media hora por la tarde— de todos los sindicatos adheridos a la CTM, para protestar contra el laudo de la junta de conciliación y exigir respeto al derecho de huelga establecido en la Constitución; invitar a todos los trabajadores del país, sin distinción alguna, a que secunden el paro, porque no sólo es un atropello contra el sindicato ferrocarrilero, sino una amenaza contra el proletariado en su conjunto, y contrario a los intereses de todos los sectores del pueblo de México, porque cada vez que los trabajadores enfrentan a empresas donde hay presencia de capital extranjero, se quebrantan o niegan los derechos de los trabajadores, lo que convierte estas prácticas nocivas en un peligro para la nación, por la intervención del exterior en asuntos exclusivos de la administración pública del país. La huelga se realiza con éxito y es “la primera huelga de ‘brazos caídos’ que registra la historia de las luchas sociales de México [5]”.

Nacionalización de los ferrocarriles

En el Segundo Consejo Nacional de la CTM, de octubre de 1936, Lombardo somete a la consideración de la asamblea una ponencia sobre la iniciativa presidencial que propone la creación de una ley de expropiación que se debate en esos días en el Congreso, así como la necesidad de la que la confederación exprese sus puntos de vista a los diputados. El consejo aprueba ambos puntos por unanimidad, y el día 21 suspende sus sesiones para dar cumplimiento al acuerdo. Un mes después, el 25 de noviembre, se aprueba la ley [6].

El 23 de junio de 1937, el presidente de la República, general Lázaro Cárdenas, expide un decreto que expropia los ferrocarriles; en dicho documento se expresan, en los primeros tres considerandos, los planteamientos siguientes:

General Lázaro Cárdenas
General Lázaro Cárdenas

a) La estabilidad política interna y la defensa exterior en gran parte dependen de la eficacia de las líneas férreas; b) La negociación denominada Ferrocarriles Nacionales de México, S. A., que controla las líneas más importantes de la red ferroviaria, está organizada como una empresa de tipo capitalista, es decir, con propósitos predominantemente lucrativos… viene operando en forma que no corresponde a su naturaleza, y sí se han venido creando y arraigando vicios y deficiencias en el manejo del sistema, que son ya endémicos y que han retrasado el ritmo del progreso técnico de las líneas, con perjuicio para la economía del país y para cada uno de los usuarios del servicio; c) No debe descuidarse por más tiempo asunto tan trascendental para la vida y el desarrollo del país y que es preciso adoptar medidas para su pronta solución, a efecto de… procurar que a la brevedad posible se integre el sistema ferroviario de la República, mediante la construcción de las vías que con mayor urgencia reclama el anhelo nacional de progreso [7].

Acerca del decreto de nacionalización de los ferrocarriles, el comité nacional de la CTM expresa su satisfacción por tal determinación:

Consideramos la nacionalización de los ferrocarriles como un paso más del fortalecimiento de su política revolucionaria en beneficio del pueblo mexicano, constituyendo además una positiva actitud antimperialista. Teniendo confianza en que se intensificará esa actitud en el futuro reivindicando para la nación mexicana las fuentes de producción económica que le pertenecen y que son indispensables para el logro de su independencia económica. Expresamos a usted, asimismo, nuestra petición en el sentido de que se respeten las conquistas adquiridas y los derechos de los trabajadores ferrocarrileros [8]”.

El sindicato ferrocarrilero declara que la determinación tomada por el Poder Ejecutivo de la nación: “Merece la aprobación de todos los sectores revolucionarios del país, y… es el momento propicio para realizar el programa revolucionario de su gobierno, que, de acuerdo con el Plan Sexenal tiende a socializar todas las actividades de producción económica como el único medio de ir logrando la transformación del sistema capitalista imperante [9]”.

El presidente Cárdenas precisa que los trabajadores se encargarán de la administración de la empresa expropiada, pero que “No se trata de entregar la propiedad de las líneas a los trabajadores, sino que éstas serán del patrimonio nacional concedidas en administración a sus servidores [10]”.

[1] “Discurso pronunciado por el C. Lic. Vicente Lombardo Toledano en el mitin ferrocarrilero que tuvo lugar en el local de Ponciano Arriaga 20, la noche del 22 de abril de 1936”, en Confederación de Trabajadores de México, CTM 1936-1941, pp. 93-100.

[2] Confederación de Trabajadores de México, “La huelga de los ferrocarrileros fue sofocada. Protesta de la CTM”, en CTM 1936-1941, pp. 101-102.

[3] Véase: “Puntos fundamentales del pliego de peticiones del sindicato de trabajadores ferrocarrileros de la R. M., presentado a la empresa de los Ferrocarriles Nacionales de México”, en Confederación de Trabajadores de México, CTM 1936-1941, p. 101. El pliego petitorio de 16 puntos, incluye, además del pago del séptimo día, aumentos salariales, seguridad en el empleo, y otra prestaciones similares.

[4] Véanse: Confederación de Trabajadores de México, “Huelga de los trabajadores Ferrocarrileros” p. 90, y “Primer Consejo Nacional de la Confederación de Trabajadores de México” pp. 179-194, en CTM 1936-1941.

[5] Confederación de Trabajadores de México, “El Primer Consejo Nacional de la CTM frente al conflicto”, en CTM 1936-1941, pp. 91-92.

[6] Confederación de Trabajadores de México, “Circular de información de la CTM a sus organizaciones filiales”, en CTM 1936-1941, p. 228.

[7] “Acuerdo que expropia, por causa de utilidad pública, los bienes pertenecientes a la empresa Ferrocarriles Nacionales de México, s. a.”, en Confederación de Trabajadores de México, CTM 1936-1941, p. 274.

[8] Confederación de Trabajadores de México, “Declaraciones de la CTM, referentes a la nacionalización de los ff. cc.”,en CTM 1936-1941, p. 276.

[9] “Declaraciones del stfrmsobre la nacionalización de los ferrocarriles”, ibid.

[10] Ibid., p. 277.

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