Las constituciones de México y nuestra historia.

Las constituciones de México y nuestra historia.[1]

Cuauhtémoc Amezcua Dromundo.

Las constituciones de México están en la controversia pública, en particular la de 1917. Cumple 100 años y, como es usual, la efeméride propicia las reflexiones y debates sobre el tema. Se reabre la discusión respecto a las características y alcances de la Carta de Querétaro. Se opina sobre las muchas modificaciones que ha recibido. También, respecto a si mantiene su pertinencia en la realidad de hoy o si hay necesidad de sustituirla por otra; y, si así fuera, cuál debiera ser el contenido de la nueva y cuál el procedimiento para generarla. Incluso se reabre un viejo debate sobre el modelo constitucional clásico y el que se siguió, distinto, en el caso de nuestra constitución. Estimo oportuno aportar algunas reflexiones al respecto.

Las constituciones y la historia de las sociedades.

Vicente Lombardo Toledano, autor de valiosas tesis sobre las constituciones de México.

No existe un texto constitucional ideal para todas las sociedades ni para todos los tiempos. Lo que existe es una interacción entre la vida económica, política y social de los pueblos y la superestructura jurídica que adoptan.

Por eso, cada sociedad establece las normas de su convivencia en cada etapa de su desarrollo; normas que reflejan el modo de producción imperante y la correlación que existe entre las distintas clases sociales, entre otras cosas.

El modelo constitucional liberal o clásico.

Los criterios del constitucionalismo que brotó del pensamiento liberal establecen que la ley suprema se debe limitar a la organización del cuerpo político de la nación, fijando los derechos de las personas, los del Estado, las relaciones entre ambos y la forma de gobierno, nada más. Y que cualquier otro agregado las envicia.

El modelo constitucional clásico y el capitalismo de libre empresa.

El modelo constitucional clásico emergió en las naciones que se beneficiaron del fenómeno económico denominado “acumulación originaria” y que, por esa misma causa, entre otras, también vivieron la revolución industrial de manera temprana. Adoptaron un modelo constitucional que respondió a la concepción filosófica y política de la nueva clase social que emergió victoriosa de la lucha contra la clase dominante en el viejo modo de producción feudal. La clase social de los artesanos y comerciantes, que se habían separado de los feudos y había ido construyendo ciudades o burgos, y que por lo mismo fue llamada burguesía. Era la clase social revolucionaria de la época, y su pensamiento filosófico, político y social era el más avanzado. El capitalismo que surgía y que esa clase social propugnaba fue el llamado capitalismo de libre concurrencia o libre empresa.

Las constituciones liberales y la filosofía política y social de la burguesía en su época revolucionaria.

Las constituciones de esa época procuraron plasmar los ideales filosóficos de la clase burguesa en su época revolucionaria: la libertad de pensamiento, de expresión, de reunión y de asociación, que no existieron en el modo feudal de producción.

Las constituciones y el pensamiento económico de la clase burguesa en su época ascendente.

En lo económico, la burguesía como clase social ascendente aspiraba establecer el principio de la propiedad privada como medular entre los derechos del individuo y poner las bases para la integración de los grandes mercados nacionales de capitales, de mercancías y de mano de obra, que impidieran cualquier obstrucción a la libre concurrencia y que protegieran la citada propiedad privada. Con este contenido, las constituciones, a la vez que satisfacían las aspiraciones de la clase social emergente, creaban las condiciones jurídicas para el ulterior desarrollo económico y social. La organización del Estado se diseñaba con esos mismos propósitos.

La Constitución de 1917 tomó distancia de este modelo.

Las constituciones de México se han distinguido de los modelos clásicos, tanto en la forma como en el contenido.

Las constituciones de México se han distinguido de los modelos clásicos, tanto en la forma como en el contenido. Así ha sido a lo largo de la historia, pero el caso más notable fue el de la Carta de 1917. En efecto, la hoy centenaria Constitución de 1917, incorporó a su texto tesis de carácter social y económico, como la relativa al dominio de la nación sobre las riquezas de su territorio, la de la reforma agraria y la de los derechos de la clase obrera. Y ¡qué bien que las incorporó!, aunque por eso fue duramente criticada por los constitucionalistas liberales, que quisieron denostarla llamándola el “almodrote de Querétaro”.

El trasfondo clasista de los críticos del modelo constitucional mexicano.

Sin embargo, no fue su forma lo que en realidad preocupó a sus censores, que en el fondo no respondían a posiciones neutrales desde el punto de vista de la lucha social.

Los autores de tales críticas, en los hechos, actuaban como voceros de una clase social, la misma que a causa de la Revolución de 1910 y su fruto jurídico perdió su condición de clase dominante. A esa clase social y a sus portavoces, lo que les contrarió de manera profunda, fueron las innovaciones plasmadas en la Constitución, porque respondieron a los anhelos de las clases populares. De ahí su gran disgusto.

¿Por qué, la heterodoxia constitucional de México?

Pero hay que aclarar que nuestra heterodoxia constitucional no fue producto de la improvisación ni del capricho de quienes formularon la Carta de 1917. Ésta fue el fruto de los anhelos y la voluntad del pueblo plasmados en mandatos jurídicos. De hecho, la de 1917 no fue el único caso de una constitución nuestra que incumplió el modelo clásico. Tuvo antecedentes:

Las constituciones de México y nuestra historia.

Plasmar los anhelos del pueblo en mandatos jurídicos.

Como lo valora Vicente Lombardo Toledano, la constitución de 1814 apenas fue el primer intento de organizar a la nación, cuyo pueblo luchaba con las armas exigiendo el reconocimiento de su soberanía, con ideas y propósitos opuestos a los de la etapa colonial. La de 1824 recogió demandas populares para constituir una nación independiente. La de 1857, a la que luego se incorporarían las Leyes de Reforma, fue el resultado de la Revolución que llevó al triunfo el programa del partido liberal. Y precisamente con las Leyes de Reforma tomó un carácter sumamente avanzado. De un modo u otro, estas constituciones empezaron a salirse del modelo clásico.

Pero la de 1917 coronó la victoria de las masas rurales y urbanas y de la pequeña burguesía intelectual sobre el régimen semifeudal y esclavista, entregado al capital extranjero, que presidió Porfirio Díaz. A eso se debe su contenido novedoso, que responde a demandas específicas de las diversas clases y sectores sociales que participaron en la lucha desde los puntos de vista ideológico como armado.

Fue de esta manera como surgió un modelo distinto de leyes fundamentales, que quizá pudiera llamarse: modelo constitucional mexicano. Resultó de un proceso histórico diferente al que siguieron las democracias burguesas típicas. Un modelo que incorpora al mandato supremo los derechos sociales del pueblo, de un pueblo que los conquistó con la lucha armada.

En 1910, las burguesías, otrora revolucionarias, ya no lo eran.

Cuando estalló la Revolución Mexicana de 1910, ya no existían las burguesías revolucionarias en el mundo.

El modo de producción capitalista está regido por leyes económicas y sociales. Una de ellas es la de la concentración del capital. Producto de esta ley económica, el capitalismo de libre empresa poco a poco fue desapareciendo, dando paso a la formación de monopolios, cada vez de mayor magnitud. Con éstos, se abrió paso una nueva fase del capitalismo, el capitalismo imperialista o, simplemente, imperialismo.

Durante ese proceso de transformación del capitalismo, incontables empresarios quebraron y dejaron de serlo. Sobrevivieron, los que amasaron grandes capitales y devinieron en monopolistas. Como es natural, los monopolistas no aspiran a la libre concurrencia, sino que imponen su voluntad por la fuerza de su capital y pretenden acapararlo todo y controlarlo todo. Las burguesías revolucionarias de antaño fueron sustituidas por burguesías monopolistas o imperialistas, enemigas y explotadoras inmisericordes de los pueblos.

Con el imperialismo, el mundo capitalista tuvo dos componentes distintos.

Desde que el capitalismo de libre empresa transmutó a imperialismo, el sistema capitalista mundial pasó a tener dos componentes: dominantes y dominados. Países imperialistas y países subordinados. Los de América Latina, Asia y África quedaron en el conjunto de los dependientes. América del norte y Europa occidental, en los saqueadores de los pueblos.

Porque, como vimos, las sociedades que pasaron del modo feudal al capitalista tempranamente, al caducar dentro de ellas el capitalismo de libre empresa, se abalanzaron sobre los pueblos que habían sido sus colonias y que por esa causa quedaron impedidas de participar en el festín del desarrollo capitalista. Al arribar con sus inversiones, tomaron el control monopólico de sus economías e hicieron imposible la aparición, dentro de estos pueblos, de un capitalismo como el que ellos habían tenido de tiempo atrás, antes de tornarse imperialistas. Al tomar el control monopólico de sus economías obstaculizaron el desarrollo de las fuerzas productivas de los países penetrados, condenándolas al capitalismo dependiente, del que sólo pueden salir aquéllos pueblos que logren liberarse del imperialismo.

1910, la Revolución Mexicana, antifeudal y antimperialista.

La Revolución Mexicana de 1910 fue una revolución antifeudal y antimperialista, como la definió Vicente Lombardo Toledano.

La Revolución Mexicana de 1910 fue una revolución antifeudal y antimperialista, como la definió Vicente Lombardo Toledano. Fue antifeudal, en el sentido de que la mayor parte de la tierra de nuestro territorio nacional estaba concentrada en pocas manos. Los enormes latifundios, propiedad de un puñado de terratenientes, son una forma de propiedad muy escasamente productiva. Al mismo tiempo que condena a la penuria extrema a los pobladores del campo, que viven como peones de las haciendas o como aparceros. De ahí la necesidad de la reforma agraria, que reparta los latifundios y los vuelva productivos, y que, a la vez, permita a los campesinos disfrutar de mejores condiciones de vida. Sin la reforma agraria jamás podría crearse un mercado nacional; sin un mercado nacional jamás podría desarrollarse la industria, y sin industrialización jamás pueblo alguno podrá alcanzar niveles de vida decorosos. Pero fue antimperialista, la primera de ese carácter en el mundo, por cierto, porque nuestro país había sido penetrado por el capital extranjero desde la séptima década del siglo XIX, en los inicios de la etapa del imperialismo. Y sin liberarse del imperialismo, ningún pueblo puede desarrollar sus fuerzas productivas, por lo que queda condenado a la miseria eterna.

La Constitución de 1917, la más avanzada en su momento.

El análisis de su contenido deja en claro que se trató del estatuto más avanzado del mundo, cuando se promulgó, el 5 de febrero de 1917, además de haber inaugurado un nuevo modelo constitucional.

El modelo constitucional liberal o clásico no podría responder a los anhelos y aspiraciones de un pueblo que hizo una revolución como la de 1910. No podría satisfacer las necesidades del conjunto de clases y sectores sociales emergentes, ni podría crear las bases para el desarrollo económico y social.

Habiendo surgido de la Revolución Mexicana de 1910, tenía que ser, como ésta, un estatuto jurídico de carácter antifeudal y antimperialista, como en efecto, lo fue. Tenía que incorporar las banderas de lucha de los campesinos y los obreros, al lado de las de otros sectores que hicieron la revolución, y que formaron parte de los documentos que lanzaron cuando estuvieron en la lucha armada, de sus proclamas, de sus pronunciamientos, de sus planes y manifiestos, como en efecto, lo hizo. El análisis de su contenido deja en claro que se trató del estatuto más avanzado del mundo, cuando se promulgó, el 5 de febrero de 1917, además de haber inaugurado un nuevo modelo constitucional.

 

[1] En el marco del Centenario de la Constitución de 1917, durante los últimos meses he sido invitado a dictar varias conferencias que giran en torno a ese tema en diversas universidades y otros recintos académicos y sociales del país. Este texto y otros posteriores ofrecen una síntesis de dichas exposiciones.

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